Os adjuntamos la Orden DRS/797/2016, por la que se establecen medidas para la aplicación del régimen de subvenciones en materia de jubilación anticipada, aprobadas en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2007-2013. BOA 4-8-2016

lunes, agosto 8, 2016 @ 01:08 PM
escrito por guadmin

Con el objeto de rejuvenecer la población activa agraria y facilitar el relevo generacional en la agricultura se ha ido incluyendo en los Reglamentos de la Uniòn Europea una medida de jubilación anticipada para aquellos agricultores que abandonaran permanentemente su actividad agraria y traspasaran su explotación a un joven agricultor.

Estas ayudas consisten en el pago al cesionista de una indemnización anual y de una prima anual complementaria, que se harán efectivas mediante abonos mensuales desde que se acoja al régimen de jubilación anticipada hasta que cumpla la edad de 65 años y acceda a la pensión de jubilación.

(Os adjuntamos escaneada la Orden completa). Cualquier aclaración, llamar a las oficinas de ARAGA.

Descargar (PDF, 356KB)

 

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